EL SEGURO D&O DEBERÁ RESPONDER POR DEUDAS TRIBUTARIAS DE LA SOCIEDAD 

El seguro de responsabilidad civil de administradores y directivos (conocido como seguro D&O), es un seguro que protege a los administradores y directivos de una empresa frente a las reclamaciones de terceros (generalmente acreedores, pero también trabajadores y socios) por errores o negligencias cometidos en el ejercicio de su cargo.

A pesar de su utilidad, la contratación de este tipo de seguro sigue siendo limitada en lo referente a las Pymes tanto por su coste como por las exclusiones que recogían su póliza. Así en la práctica, pequeños empresarios no lo veían como un bien de primera necesidad frente a otros seguros que sí eran considerados como imprescindibles, y que tenían por objeto asegurar los inmuebles, locales y actividades, transporte, contenido de almacenes.

Sin embargo, el Tribunal Supremo en su sentencia del pasado 29 de enero, rechaza que las aseguradoras puedan excluir la contingencia sobre deudas tributarias de los seguros de responsabilidad civil de administradores y directivos. Expresamente, se afirma que se trata de una “responsabilidad relativamente común”, “tanto que objetivamente, en la previsión de quien concierta el seguro, es lógico que se encuentre también la cobertura de este riesgo. De tal forma que su exclusión en el apartado de las condiciones generales sin una aceptación expresa, debe considerarse sorpresiva y por ello limitativa de derechos”

La sentencia tiene una gran repercusión respecto a todas las pólizas de D&O firmadas que no recojan una renuncia expresa del asegurado a la cobertura por deudas y sanciones tributarias, que indudablemente serán la mayoría de ellas.

En estos casos, por tanto, si el administrador o directivo se ve inmerso en una reclamación de la Agencia Tributaria por derivación de deudas o sanciones de la sociedad de esta naturaleza, la aseguradora deberá responder.



Fuente: Hostelsur