DISMINUYE A 300 HORAS LA FORMACIÓN OBLIGATORIA PARA SER CORREDOR DE SEGUROS. 

El Ministerio de Economía y Empresa ha hecho público el texto del Real Decreto por el que se desarrolla el proyecto de Ley de Distribución de Seguros y Reaseguros Privados en materia de formación en el cual se reduce de forma significativa las horas de formación exigidas para ser corredor de seguros, desde las 500 horas de formación actuales a las 300 horas que recoge el Real Decreto. 

Con el desarrollo de este proyecto se sigue avanzando en la transposición de la Directiva 2016/97 sobre distribución de seguros. La recepción de comentarios al proyecto del Real Decreto estará abierta hasta el próximo 25 de septiembre. 

El objetivo de la norma es "promover un entorno de igualdad en las condiciones de competencia entre los distribuidores de seguros que garantice los conocimientos adecuados para el desarrollo de la actividad, así como establecer los diferentes niveles de conocimiento en base a las funciones a desarrollar" 


NIVEL 1 

Se incluyen los responsables de la actividad de distribución de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, corredores de seguros y operadores de banca-seguros, que deberán acreditar la realización de un curso de formación de al menos 300 horas lectivas. 


NIVEL 2 

Se exigirán 200 horas lectivas y estará integrado por los agentes de seguros, empleados de las entidades aseguradoras, mediadores de seguros y operadores de banca seguros que realicen labores de asesoramiento sobre productos de seguros o reaseguros. 


NIVEL 3 

Se encuadran los mismos perfiles profesionales que en el nivel dos, si bien únicamente podrán realizar labores de información, para lo cual tendrán que acreditar una formación de al menos 150 horas. 


Asimismo, el Real Decreto fija un sistema de formación continua, establece los requisitos para la organización, evaluación y certificación de las aptitudes, incorpora un sistema de conocimientos previos que permite modular los contenidos que ha de cursar una persona y concreta la forma de acreditar los requisitos de información requeridos. 



Fuente: ADN del seguro